Evaluación por compensación curricular
Evaluación de una asignatura no superada mediante la revisión extraordinaria de la calificación basada en el rendimiento académico global en titulaciones de Grado y Dobles Grados.
¿Qué asignaturas se pueden compensar?
Se podrá compensar sólo una asignatura en toda la titulación.
En el caso de las titulaciones que habilitan para el ejercicio de una profesión regulada, hay una relación de asignaturas habilitantes según la Memoria de Verificación del Título que no son susceptibles de compensación, por lo que sólo se podrá solicitar la compensación de las siguientes asignaturas (lista).
Requisitos para la evaluación por compensación
Se deben cumplir todos los requisitos que a continuación se relacionan:
- La asignatura cuya evaluación se solicita es una de las incluidas en la relación de asignaturas mencionadas en el apartado anterior.
- Haber aprobado todas las asignaturas del Plan de Estudios correspondiente, salvo la asignatura cuya revisión extraordinaria se solicita y las asignaturas que no pueden ser objeto de compensación.
- Haber cursado al menos el 50 % de la titulación en la Universidad de Sevilla, incluidas las cursadas en programas de movilidad (los créditos pertenecientes a las asignaturas excluidas de solicitar compensación no se consideran en el cómputo).
- Haberte presentado como mínimo a cuatro convocatorias y haber obtenido una calificación mínima de 3 sobre 10 al menos en dos de las cuatro convocatorias.
- Haber superado las prácticas, seminarios o proyectos obligatorios de la asignatura según establezca la guía docente de la asignatura.
- No haber obtenido compensación curricular en otra asignatura de la titulación.
Efectos de la resolución estimatoria de la solicitud de evaluación por compensación
En caso de resolución estimatoria, se asignará la calificación “5 – aprobado por compensación”, que contará como Aprobado (5.0) en el expediente.
La asignatura superada por compensación no podrá ser objeto de reconocimiento en otra titulación de la Universidad de Sevilla.
Recursos
La resolución del Vicerrector/a con competencias en materia de estudiantes podrá ser recurrida en alzada, en el plazo de un mes desde su notificación ante el Rector/a, a través de la Sede Electrónica de la US, disponible en el siguiente enlace:
https://sede.us.es/oficina/tramites/acceso.do?id=8238&block=cEstudiantes_1098&blockType=AREAS_SEDE
La resolución del Rector/a agota la vía administrativa, pudiendo ser recurrida directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Normativa aplicable
Acuerdo 5.1/CG 23-6-26, por el que se aprueba la Normativa por la que se regulan instrumentos para conocer el rendimiento académico global de los y las estudiantes de la Universidad de Sevilla y el procedimiento de revisión extraordinaria de las calificaciones finales obtenidas por cada estudiante basada en su rendimiento académico global.
Acceso al trámite
Disponible en este enlace de la sección de Secretaría.